4 de octubre de 2014

Reglamento de Baños 1888

Foto tomada en 1920
Nos informan los cultores del derecho, que la ley no impone conductas, solamente las ordena, les da un marco de referencia.

Atento a esta afirmación podemos inferir que la ley es una necesidad social, ya que el individuo que está solo puede hacer lo que se le cantan las crostoscas (elegantisimo neologismo utilizado por cierto tío mío en clara alusión al nombre vulgar de los testículos), mientras que el que convive o cohabita con otros debe medirse, ya que mi derecho termina donde comienza el de los demás.

Y fue por eso, que cuando la incipiente "estación de baños", llamada oficialmente Balcarce, también conocida como Puerto de la Laguna de los Padres (o Mar del Plata, como ustedes prefieran), era una triste aldea de pescadores y ex-empleados de un saladero que presentó quiebra, las normas se fijaban de común acuerdo entre los escasos pobladores.

Pero de golpe y porrazo, la década del ´80 (de 1880), vio como año tras año los paseantes eran cada vez mas numerosos.

Fue así que los locales (y porque negarlo, también los visitantes), fundamentalmente la facción masculina, descubrió que debajo de los profusos ropajes femeninos de la época, las mujeres tenían ¡piernas!

Seguramente Sigmund Freud basó su tesis sobre la sexualidad como elemento movilizador humano en la libido presente en los machos de esta ciudad, ya que surgieron las más diversas formas (el ingenio popular no descansa), de observar rodillas femeninas.

Ante este furibundo descontrol (que pasó a ser cuestión de estado), el entonces presidente de la Nación Dr. Miguel Juarez Celman encomendó a la Receptoría de Rentas del Puerto de Laguna de los Padres la elaboración de un reglamento para ordenar las actividades playeras.

El seññor Hilario Rubio Medina, subprefecto de la mencionada repartición, se encomendó a la nada grata tarea de cercenar las libertades, atento a las violentísimas críticas de la facción femenina, cedió, y los primeros días 1888 entró en vigencia el texto que sigue:

REGLAMENTO DE BAÑOS
para el
EL PUERTO MAR DEL PLATA


De acuerdo con la facultad que le fue acordada por el ejecutivo nacional el receptor ha confeccionado el siguiente reglamento para nuestros baños, que ya está en vigencia.
  • Artículo 1º-Es prohibido bañarse desnudo.
  • Artículo 2º-El traje de baño admitido por este reglamento es todo aquel que cubra el cuerpo desde el cuello hasta la rodilla.
  • Artículo 3º-En las tres playas conocidas por del Puerto, de la Iglesia y de la Gruta no podrán bañarse los hombres mezclados con las señoras a no ser que tuvieran familia y lo hicieran acompañando a ella.
  • Artículo 4º-Es prohibido a los hombres solos aproximarse durante el baño a las señoras que estuvieren en él, debiendo mantenerse por lo menos a una distancia de 30 metros.
  • Artículo 5º-Se prohíbe en las horas del baño el uso de anteojos de teatro u otro instrumento de larga vista, así como situarse en la orilla cuando se bañen señoras.
  • Artículo 6º-Es prohibido bañar animales en las playas destinadas para el baño de familias.
  • Artículo 7º-Es igualmente prohibido el uso de palabras o acciones deshonestas o contrarias al decoro.
  • Artículo 8° Los infractores a las disposiciones que preceden incurrirán en multa de dos a cinco pesos moneda legal o arresto de 24 a 48 horas y de cinco a diez pesos o arresto de 48 a 96 horas en caso de reincidencia debiendo ser expulsado de la playa durante un mes en caso de incurrir por tercera vez en las mismas faltas a este reglamento.
  • Artículo 9° Los que presten servicio de bañistas u otro de carácter  análogo necesitan permiso de la autoridad marítima local el que le será espedido gratis y por escrito a toda persona que lo solicite siempre que fuere de buena conducta, etc.


Hilario Rubio
Subprefecto




Hasta donde sabemos, el reglamento nunca fue derogado, pasando a constituirse en letra muerta, ya que hoy en día la concurrencia femenina se pasea sobre las finas arenas al límite de la desnudez, al solo efecto de obtener un bronceado mas completo sin importarles demasiado que los hombres las miren.

Que le vamos ha hacer, los tiempo cambian, las actitudes de la gente también, Lo que no cambia son las reglamentaciones de otra época, que si bien hoy resultan francamente ridículas fueron un gran avance en su momento.


Esteban F. Valiente
Revista barrial "Al Oeste del Centro"
Enero de 2002

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