3 de octubre de 2014

Los derechos de propiedad y comercio en riesgo

Por José Edgardo Carballo Sawula. (*)
Septiembre de 2014


Se ha sancionado, como estaba previsto y con cómodos números en Diputados, la Ley 20.680, promulgada durante el gobierno de Juan Domingo Perón, y vuelve a ser una amenaza a la cadena de producción, distribución, comercialización o prestación de bienes o servicios.

Entre otras medidas, el Congreso ha delegado facultad a la Secretaría de Comercio a establecer clausuras, multas de hasta $ 10 millones que luego se podrán apelar a la Justicia, potestad de solicitar documentos contables y comerciales, atribuciones para fijar precios mínimos o máximos, e incautar o consignar bienes o servicios de los particulares sin juicio de expropiación. Incluso, posteriormente, el Estado podría vender esas mercaderías incautadas, todas medidas draconianas que rompen y vulneran el texto de la Constitución nacional, pudiendo obligar al productor o comerciante a vender a pérdida. Sin embargo, el Estado se empecina en advertir que la inflación se debe a la emisión de dinero de manera desmedida del BCRA para financiar al Tesoro Nacional por el monumental "gasto público" producto del crecimiento del aparato burocrático, gastos innecesarios y la falta absoluta de respeto a las instituciones republicanas.

Hace unos días se designaron más de 7.500 puestos para los militantes de La Cámpora, aumentando lo que es la gran enfermedad inflacionaria: el gasto fiscal. El dólar blue se tornó incontrolable, ya está trepando los $ 16 y nadie sabe cómo controlarlo ni con la Gendarmería en la calle. El Estado guarda silencio sobre el tema. Los precios no suben, es el peso que pierde su valor de manera vertiginosa, así como Argentina no es un país pobre sino empobrecido por estas políticas económicas equivocadas. Con el cepo cambiario, la feroz presión impositiva y la destrucción del derecho de propiedad que quedó plasmada en la nueva Ley de Abastecimiento, el Gobierno está dispuesto a violar todas las normas constitucionales con tal de sostener esta política irracional que sustenta su "relato".

La Ley de Abastecimiento es una reedición de una antigua ley que ya ha fracasado en varias ocasiones en el pasado. Hasta el propio presidente Alfonsín dejó de aplicarla en la corta primavera del plan Austral. Nos preguntamos: ¿por qué el Estado llega a esta situación antipática y claramente anticonstitucional? La respuesta no es otra que intentar frenar las consecuencias de la inflación generadas por un exceso de gasto público, una aspirina para una enfermedad terminal. El Estado hoy interviene en sectores privados que solo le son privativos de los particulares, descuidando las funciones básicas de seguridad y justicia (a diario vemos arrebatos, asesinatos, entraderas, etc.). Es el Estado el que debe asegurar la vida y la propiedad de sus habitantes.

Este fuerte régimen represivo de la nueva Ley de Abastecimiento que hoy sale a la calle apunta principalmente al sector del agro y los codiciados silo bolsas, que son propiedad privada de quien los sembró. Intentarán acaso de hacerse de dólares en su liquidación, siempre que se la venta sea coaccionada por el gobierno. Tampoco escapan los autopartistas, a quienes la presidenta días atrás los calificó de "encanutar" unidades. Sin embargo, los informes indican que no se ha podido acceder a importaciones de autopartes y además ha caído la demanda. El Estado demuestra que optó por herramientas irracionales a la vez inconstitucionales, y esto no es caprichoso, pues se verá que Venezuela y Argentina son países donde no hay libertades individuales ni de de comercio y los dólares huyen, no hay.

Como ni por ley ni por decreto se transforma la naturaleza de las cosas, La ley de Abastecimiento generará mercados paralelos, desabastecimiento, destrucción de capitales, generación de riqueza y puestos de trabajo, lo que hace recordar a la película La Rebelión del Atlas, a cuyo fin nos preguntamos Who is John Galt?

Además no hay tipo penal en el Código Represivo o ley especial que reprenda al propietario que no desee vender su producto, si no se da el supuesto del principio nullum crimen, nulla poena sine lege no pueden sancionarse ni confiscarse los productos del campo que conforman el derecho de propiedad, más aún si no hay una sentencia judicial. La inconstitucionalidad se verifica en la propiedad como derecho inviolable, en su uso y disponibilidad de sus ventajas. Así, el artículo 14 de la Constitución Nacional enfáticamente expresa: "Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar...". Estos derechos consagrados, claro está, no podrán ser alterados por leyes que reglamenten su ejercicio, artículo 28 de la Constitución Nacional, la cual no tiene otro fin que proteger la libertad más completa del ejercicio de comercio y de toda industria lícita. Además vulnera el principio de no confiscación consagrado en el artículo 17 y el de propiedad en el artículo 18° de la Constitución Nacional.

Ahora, es el consumidor el soberano en la relación de comercio, pues es quien se decide por un producto ofrecido, comprándolo o no. Esta maniobra del gobierno, totalitaria, dirigista y planificadora, pretende coactivamente: qué debe hacer el productor o el empresario, decide a qué precio vender y establece las preferencias del consumidor, como si los medios de producción fueran de propiedad pública, e incluso podrían ser obligados a vender a pérdida, rémora de un comunismo que ya fracasó. En Venezuela, con la Ley de Abastecimiento y lo que se conoce como "precios justos", sólo generó desabastecimientos, filas de consumidores para adquirir productos de primera necesidad y expropiaciones de electrodomésticos.

La irracionalidad política del actual gobierno hará que entremos en graves crisis institucionales, agregando que se avecinan temporadas calurosas y la cuestión energética nunca se solucionó. Juan Bautista Alberdi decía "Dad todo el poder al ejecutivo, pero dádselo mediante Constitución", es decir, claramente entendía que los poderes del ejecutivo son limitados para garantizar la libertad de los individuos, de la propiedad y del comercio.

Hoy el Poder Judicial, "el último refugio del individuo", intentará que se garanticen los derechos consagrados por la Constitución Nacional, situación que nos hará comprender que es impostergable la necesidad de la inversión privada como factor general de renta y fuente de trabajo, elementos de progreso y bienestar del país.


(*) José Edgardo Carvallo Sawula.
Abogado del Foro de Corrientes.

No hay comentarios.

Publicar un comentario

Este sitio no oficial tiene por objeto difundir liberalismo en general, liberalismo ucedeista en particular y situaciones históricas marplatenses.

Los comentarios están abiertos a todo el público. Sin embargo, el moderador se reserva el derecho de publicación, siendo la única condición el respeto por las personas y su ideología. No se publicarán comentarios que contengan insultos ni expresiones vulgares.